La pensión de los hijos hay que pagarla

Pensiones alimenticias en el COVID-19
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La pensión de los hijos no se paraliza con la crisis sanitaria de la pandemia por la covid-19.

La pensión de los hijos "es sagrada". La crisis sanitaria provocada por la pandemia de la COVID-19 ha repercutido en la economía de muchas personas. En este sentido algunas deben seguir pagando las pensiones alimenticias y compensatorias a sus hijos y exparejas.

Sin embargo, el Estado de Alarma no permite que los progenitores dejen de transferir este dinero en ningún caso. Algunos expertos recomiendan llegar a un acuerdo en el aspecto económico. Por lo menosmientras dure la situación de emergencia. Lo mejor es una mediación online. Pues no existe una norma que ampare la disminución de las pensiones de forma temporal, ni el procedimiento judicial que permita alcanzar una solución rápida y eficaz.

Aclar que es necesario que quede constancia del acuerdo de forma escrita y firmada en cada página por las partes. Se trata de la única forma de tener una prueba fehaciente en futuros procesos judiciales. En caso contrario se podría reclamar el importe no abonado durante este tiempo.

En el caso de no alcanzar un acuerdo se puede solicitar una modificación de la sentencia que haya fijado las condiciones con el objetivo de pedir la revisión de la cuantía, aunque no tendrá carácter retroactivo y se deberá probar la pérdida de capacidad económica. Pero no se debe olvidar el inconveniente de que, además de esperar el tiempo suficiente para acreditar la permanencia de la nueva situación económica alegada, habrá que tener en cuenta los tiempos judiciales.

En el caso de que la situación requiera de una acción urgente siempre y cuando exista un riesgo cierto y grave para los menores, se puede presentar un procedimiento en virtud del artículo 158 del Código Civil, en el que el juez puede fijar las medidas convenientes para asegurar las pensiones alimenticias y proveer a las futuras necesidades de los hijos.

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