Repensar el aborto

Derecho intrínseco a la vida. Artículo 6 Convención sobre los Derechos del Niño
photo_camera Repensar el aborto desde el interés superior del niño

Irene Montero, actual Ministra de Igualdad, anunciaba este miércoles 7 de octubre en el Congreso de los Diputados la derogación, aún sin fecha, de la reforma de 2015 de la ley del aborto.

Este anuncio sobre reformar la actual Ley vuelve a poner encima de la mesa un tema que debería repensarse desde el interés superior del niño. Este interés es el principio rector de todas las actuaciones a favor del buen trato y protección de nuestra infancia.

Además tenemos un tratado internacional para la defensa de la infancia adoptado por Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificado por España: la Convención sobre los Derechos del Niño.

Aclarar que el artículo 6 de la Convención dice textualmente: Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida. Por otra parte, obliga jurídica, política y socialmente, a defender todos y cada uno de los derechos que se le reconocen a las personas menores de edad.

Aclarar que la Convención sobre los Derechos del Niño conllevó un hito histórico: los niños, niñas y adolescentes son sujetos activos de derechos.

Repensar el aborto
Embarazo 8 semanas

Así que reabierto el debate sobre el aborto y teniendo en cuenta que España ha ratificado la Convención, las preguntas están en el aire: ¿atenta el aborto contra la Convención sobre los Derechos del Niño?; ¿atenta la reforma de Montero contra las niñas de 16 y 17 años delegando en ellas decisiones que afectan a derechos de otras personas menores de edad?

El debate está servido.

Isabel García - periodista

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